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Protocolo de Atención para la Reintegración de Personas Migrantes en Retorno y Dreamers al estado de Puebla

2018, OIM Mexico, Protocolo de Atención para la Reintegración de Personas Migrantes en Retorno y Dreamers al estado de Puebla
Tipo
Estudio
País
México
Región
América Central y del Norte y el Caribe
Organización
OIM Mexico
Año
2018

Este Protocolo, desarrollado por la OIM México en coordinación con el gobierno del estado de Puebla a través del Instituto Poblano de Asistencia al Migrante y el Instituto Nacional de Migración, delegación Puebla, es una herramienta que promueve el acceso a los derechos de las personas migrantes en retorno en el estado de Puebla con miras a fomentar condiciones de vida dignas y facilitar su reintegración económica, cívica, política, social y cultural de forma sostenible.

En este sentido, el Protocolo parte de la premisa de asegurar la implementación concreta del principio de universalidad de derechos, el cual es primordial entenderlo como una formulación paradigmática que reconoce el derecho a la igualdad previsto en las cartas constitucionales y los instrumentos internacionales. Pero una declaración de igualdad no constituye más que un pronunciamiento de forma, pues la realidad ha evidenciado que existen en México muchas personas excluidas del pleno ejercicio de sus derechos, como consecuencia de circunstancias desiguales a las de la mayoría de la población, como es el caso de las personas migrante en retorno a su país de origen tras haber pasado un periodo significativo fuera de éste. Específicamente en estos casos se han erigido barreras que las excluyen de acceder a los servicios y programas necesarios para alcanzar los niveles mínimos de vida digna o de contar con oportunidades que les permitan diseñar y cumplir sus proyectos de vida, lo que deja a muchas de estas personas en una situación de vulnerabilidad. Para hacer del derecho a la igualdad de las personas migrantes en retorno algo real, este Protocolo reconoce sus características y necesidades específicas y promueve la adopción de medidas para revertir las desventajas que enfrentan tras su retorno, de modo que su situación de desigualdad o vulnerabilidad sea transitoria. Es necesario aclarar que estas medidas no pretenden generar un beneficio para las personas migrantes en retorno distinto a los de la población no migrante, sino, con base en el reconocimiento y la apreciación de sus diferencias, crear un sistema mínimo de apoyo que les permita acceder a los servicios y programas disponibles a nivel estatal en una situación de mayor igualdad.